Acción de tutela para la protección de los derechos fundamentales a la vida, diversidad étnica y cultural de la nación

FRENTE A LA EMERGENCIA CAUSADA POR EL COVID 19 RESPECTO A LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE LA AMAZONÍA COLOMBIANA.

Mayo 19, 2020

El suscrito, JULIO CÉSAR LÓPEZ JAMIOY, identificado con cédula de ciudadanía No. 97.472.086 expedida en Sibundoy indígena Inga y en mi condición de representante legal de la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de Colombia -OPIAC-, junto con el Comité Directivo , líderes y asesores de nuestra Organización, de manera atenta y urgente presentamos ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE TUTELA de que trata el artículo 86 de la Constitución Política de 1991, para la protección inmediata de los derechos a la vida, la diversidad étnica y cultural de la Nación, la salud, la soberanía alimentaria, la integridad social, económica y cultural y el derecho fundamental a la participación y concertación de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana, los cuales están siendo vulnerados y amenazados por las siguientes personas y entidades: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, MINISTRA DEL INTERIOR, MINISTRO DE SALUD, MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, MINISTRA DE TRANSPORTE, MINISTRA DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, MINISTRO DE DEFENSA, MINISTRA DE CULTURA, DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL, INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, DIRECTOR DE LA AERONÁUTICA CIVIL, DIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE GESTIÓN DEL RIESGO, AGENCIA DE DESARROLLO RURAL, SUPERINTENDENCIA DE SALUD, SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO GOBERNADORES DE LOS DEPARTAMENTOS DE AMAZONAS, CAQUETÁ, GUAINÍA, GUAVIARE, PUTUMAYO Y VAUPÉS, ALCALDES DE LETICIA, PUERTO NARIÑO (Amazonas), MITÚ (Vaupés), INÍRIDA (Guainía), FLORENCIA (Caquetá), MOCOA (Putumayo) y SAN JOSÉ DEL GUAVIARE (Guaviare); por lo cual solicitamos que se ordene la adopción de medidas urgentes para la protección de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana, ubicada en los Departamentos de Amazonas, Caquetá, Guainía, Guaviare, Putumayo y Vaupés, frente a las omisiones de las autoridades del nivel nacional y territorial indicadas como accionadas en la presente acción constitucional, de conformidad con los siguientes, hechos, fundamentos y solicitudes de protección:

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