Page 48 - Manual de buenas prácticas
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5| SISTEMA JURÍDICO
La Constitución y las leyes colombianas aceptan y promueven la jurisdicción
indígena. En su artículo 246 la Constitución señala que “las autoridades de los pueblos
indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de
conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios
a la Constitución y leyes de la República” (Constitución Política de Colombia, 1991).
Por tanto, la jurisdicción indígena se refiere a la potestad de los Pueblos Indígenas de
recurrir a sus autoridades e instancias internas para dar solución a las controversias
que se generen dentro de sus territorios, así como a la facultad de tomar decisiones,
juzgar y ejecutar hechos de acuerdo con sus normas tradicionales. Todo ello significa
una estrecha relación de lo jurisdiccional con las comprensiones, sistemas simbólicos,
pensamientos y cosmogonías de los Pueblos Indígenas, fundamentales para una
adecuada representación mediática de los procesos de justicia en ellos.
Algunas de las quejas más frecuentes con relación a la representación mediática de los
Pueblos Indígenas es la alusión a procesos y decisiones de la jurisdicción de la justicia
indígena. Esta queja se relaciona con la insistencia creciente que hacen los medios de
comunicación en los comportamientos delictivos, particularmente en los noticieros
de televisión.
|48| Pero junto a este tipo de enfoques existe un debate sobre los conocimientos que se
requieren para hacer un cubrimiento adecuado de los diferentes pasos involucrados en
los procesos judiciales, las autoridades que imparten justicia, las garantías y derechos
de los ciudadanos sometidos a juicio y las consecuencias de sus comportamientos.
La vulneración del debido proceso, de la honra de las personas, de su imagen pública,
de su intimidad y del alcance de las imputaciones que reciben los ciudadanos y
ciudadanas han sido discutidos en manuales deontológicos, códigos de ética y
defensores del lector o del televidente en los medios, y por la jurisprudencia misma.
También se insiste en el papel que tienen los medios de comunicación como instancias
decisivas para generar contextos públicos de la administración de justicia, imágenes
sociales de los delitos y de los imputados, percepciones arraigadas sobre el delito y
los delincuentes, e inclusive presiones sobre los investigadores, jueces y tribunales. La
idea popular es que los juicios se resuelven primero en los medios de comunicación
y simultáneamente o después en las instancias jurisdiccionales. Un aspecto que
suele debatirse tiene que ver con las relaciones entre delitos cometidos, sentenciados
y cumplidos y el tiempo y naturaleza de la persistencia en la imagen pública de los
ciudadanos y ciudadanas.